Concejo Deliberante

Acerca del Cuerpo Deliberativo

En los términos del artículo 174° de la Constitución Provincial, la Ley N° 8126 establece el Régimen Municipal.

El Cuerpo Legislativo, como parte del gobierno municipal del Municipio de Campo Quijano, está a cargo del Concejo Deliberante conformado por 7 concejales.

De acuerdo a la Constitución Provincial y leyes vigentes el Concejo Deliberante es elegido por el voto del pueblo cada 2 años.

Las atribuciones y deberes del Concejo Deliberante son las de sancionar ordenanzas que regulan el funcionamiento del estado municipal y control de la gestión del Departamento Ejecutivo, y están estipuladas en el artículo 60 de la Ley N° 8126.

Para ser Concejal se debe ser argentino nativo o naturalizado con cuatro (4) años de ejercicio de la ciudadanía y estar inscripto en el Registro Cívico Nacional o Provincial, ser mayor de edad y ser vecino del municipio con una residencia inmediata anterior de dos (02) años o nativo del mismo.

El 10 de Diciembre del año 2.019 juraron los miembros del Concejo Deliberante, que está integrado por 7 concejales y las autoridades el Cuerpo Legislativo son el Presidente, un Vicepresidente Primero y un Vicepresidente Segundo.

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